EN EVALUACIÓN. Monto de devolución llegaría a S/.4,427 millones en un plazo de ocho años. Aún se estudia la posibilidad de dar bonos, materiales de construcción y acceso a programas de vivienda a los beneficiarios.
El 3 de octubre de 2010, un referéndum ordenó la devolución de los aportes de los fonavistas, a pesar de que el gobierno de entonces aseguraba que no había recursos para cumplir con esa deuda.
Un año después, el actual Ejecutivo tiene casi listo el reglamento de la Ley 29625 (que dispuso la restitución), donde se establecerán los requisitos y las modalidades de retorno de los dineros depositados por miles de trabajadores entre 1979 y 1998. Dicha norma será publicada antes de fin de año para que el proceso de certificación de los beneficiarios empiece en enero de 2012.
COSTO FISCAL
Un informe elaborado por la comisión ad hoc del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) –al que tuvo acceso Perú21– señala que el monto de devolución llegaría a S/.4,427 millones. A esta cifra se le han excluido los desembolsos que hizo el Estado para la ejecución de obras y de programas con cargos al Fonavi, así como de los servicios públicos vinculados a satisfacción de vivienda (saneamiento y titulización, instalación de agua y desagüe, electrificación, pistas y veredas, entre otros).
“Este escenario involucra un presupuesto anual de S/.369 millones (0.35% del presupuesto de apertura del 2011) durante ocho años”, indica el informe.
Sin embargo, el MEF ha descartado otros escenarios por el costo de la devolución que los harían inviables. Uno de ellos llega a los S/.9,603 billones, que representan el total de las captaciones actualizado con la inflación y con la tasa de interés legal efectiva, como pretende la Asociación de Fonavistas. Otro valor posible asciende a S/.22,622 millones si se devuelve el total actualizado sin tomar en cuenta las deducciones del primer escenario. “Estos niveles de gasto afectarían seriamente el equilibrio fiscal”, advirtió el MEF.
INTERPRETACIONES
La gran diferencia entre los montos se debe a las interpretaciones que el MEF viene haciendo respecto a la Ley 29625 y a las sentencias del Tribunal Constitucional en la materia.
Un informe elaborado por Francisco Eguiguren, actual ministro de Justicia, concluye que “no sería inconstitucional que las devoluciones se efectúen a través de bonos, materiales de construcción y programas sociales de vivienda, entre otros”. Asimismo, asegura que el Estado tiene la posibilidad de excluir a las personas que se beneficiaron con el Fonavi o que hayan accedido a una vivienda.
PADRÓN NACIONAL
El reglamento detalla que la comisión ad hoc elaborará un padrón nacional de fonavistas beneficiarios que recogerá la relación de personas inscritas en la Asociación Nacional de Fonavistas, en el registro de la propia comisión y en el acervo de información que entregará la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Datos
- El Ministerio de Economía crearía una unidad ejecutora que empezará a operar en enero de 2012 y que se encargará de administrar los recursos del Fonavi.
- Durante tres meses se difundirá el procedimiento para la presentación de los expedientes de los fonavistas.
- El expediente de cada beneficiario contará con un formulario, una constancia con información de los aportes registrados y documentos que acrediten su derecho a la devolución (boletas de pago, por ejemplo).
- La unidad ejecutora deberá entregar los reportes sobre la historia laboral del fonavista.
- La calificación del expediente será resuelta en un plazo máximo de 120 días.
- Los beneficiarios recibirán un Certificado de Reconocimiento de las Aportaciones y Derechos.
- La cancelación priorizará a las personas con mayor edad. De ser necesario se harán liquidaciones parciales según la disponibilidad de recursos.
Diario Perú 21
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