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lunes, 16 de enero de 2012

Gobierno promulga reglamento del Fonavi

La lucha terminó. Con la aprobación del reglamento de la Ley 29625, “Ley de devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI)” a los trabajadores que contribuyeron al mismo, culmina la larga lucha de miles de fonavistas que durante más de 11 años reclamaron indesmayablemente al gobierno la devolución de sus aportes.


El reglamento fue aprobado ayer mediante el Decreto Supremo Nº 006-2012-EF, rubricado por el presidente Ollanta Humala y el ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, y oficializado mediante la publicación en las Normas Legales del diario El Peruano.

TRÁMITE GRATUITO Y SIN TRAMITADORES

Uno de los primeros aspectos que establece el reglamento es la gratuidad de los procedimientos y del uso de los formatos establecidos, publicados como anexos del reglamento: el Formulario Nº 1, de inscripción al proceso de devolución del FONAVI; y el Formulario Nº 2, para registro de Información de Aportes realizados al Fonavi, entre julio de 1979 y agosto de 1998.

PROCEDIMIENTOS

La comisión ad hoc hará diversos procesos de auditoría sobre la calidad de los datos validados y registrados en el historial laboral de los fonavistas.

Para ello, primero, deberán llenar un formulario de inscripción, donde se consignan los datos personales del fonavista y su historial laboral, indicando dónde trabajó y en qué período. De ser jubilado, deberá precisar su fecha de afiliación a la ONP (Oficina de Normalización Previsional) o AFP.

En un segundo formulario consignarán la información sobre los aportes realizados a este fondo, lo que ayudará a determinar el monto de devolución de cada fonavista. En él se debe precisar la frecuencia de las aportaciones, en qué tipo de moneda, el monto de su remuneración, aportes a EsSalud, régimen pensionario, entre otros.

NORMA LEGAL

La norma señala que los procedimientos administrativos serán gratuitos, incluyendo el historial laboral y el uso de una serie de formatos.

Sandro Núñez Paz, presidente de la Comisión Ad Hoc a cargo de este proceso, aclaró en conferencia de prensa que el proceso de devolución oficial, impulsado desde la comisión, será "completamente gratuito" y no tiene nada que ver con la inscripción hecha por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP), que estaría cobrando 51 nuevos soles por ese trámite.

"La norma establece que todos los fonavistas, sean asociados a la asociación o no, van a poder participar en el proceso de devolución de aportes", subrayó.

En el reglamento también se menciona que las instituciones públicas y privadas, que desarrollaron actividades en el período de aportaciones al Fonavi (79-98), tienen como obligación procesar la información de sus aportes a este fondo, requerida por la Comisión Ad Hoc, que en esta primera etapa se encargará de construir el historial laboral de los fonavistas.

Para ello, tomará en consideración los padrones recibidos por la ANFPP y la información solicitada a la ONP, a la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP.
Félix Espinoza Bon

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